Es el órgano encargado de dirigir todos los procesos de elección de autoridades internas del sindicato, a saber: Junta Directiva Central, Fiscalía, Comisión Fiscalizadora, Comité Director de la Escuela Sindical. Para la elección de los distintos órganos, el Tribunal Electoral definirá el reglamento respectivo. Define las pautas para la elección del órgano electoral cuando venza su período, a tal fin la Fiscalía y la Comisión Fiscalizadora actuarán como órganos auxiliares para dicha elección interna.
Artículo #49 FUNCIONES DEL TRIBUNAL ELECTORAL a) Define el reglamento que rige todo lo referente al proceso de nombramiento de Junta Directiva Central, Fiscalía, Comisión Fiscalizadora, Comité Director de la Escuela Sindical. b) Organizar, supervisar y dirigir el proceso de elección de la Junta Directiva Central, Fiscalía, Comisión Fiscalizadora, Comité Director de la Escuela Sindical. c) Vigilar porque todos los procesos eleccionarios estén enmarcados dentro de normas éticas, de forma que no atenten contra la unidad del Sindicato ni el interés de sus afiliados y afiliadas. d) Resolver en última instancia cualquier recurso o situación referente a los procesos de elección de Junta Directiva