Otro organismo del Sindicato es la Seccional, que funciona dentro del marco de las siguientes condiciones:
a) Se entiende por Seccional del Sindicato todas y todos los afiliados al SINDEU en un Departamento, Finca, Oficina, Sede Regional, Servicio Descentralizado, Facultades o Escuelas de la Universidad.
b) La Secretaria de Organización de la Junta Directiva Central determinará el criterio para organizar Seccionales.
c) La seccional tratará asuntos generales y específicos en Asamblea General y nombrará una Junta Directiva para que lleve la dirección de todos los asuntos que trata.
d) La Junta Directiva electa por la Asamblea estará integrada por un mínimo de 3 y un máximo de 7 miembros afiliados, afiliadas al Sindicato y que formen parte de la Seccional. La Asamblea General de la Seccional establecerá el número de miembros que constituirán la Junta Directiva.
e) La Seccional participará en actividades propias de su lugar de trabajo y otras en que quiera participar, siempre que estas no interfieran en la labor normal del Sindicato.
f) La Seccional es permanente y sólo se disuelve cuando haya menos de cinco afiliados, afiliadas al Sindicato en ese lugar de trabajo.
La CGT consiguió una nueva victoria judicial en defensa del derecho a huelga como ocurrió en diciembre de 2023 con el intento del DNU 70/2023 de modificar la legislación laboral.